ESTADOS UNIDOS: REVISIÓN DEL INFORME INFORMATIVO GLOBE

Publicado el 12 de septiembre de 2026, 05:31

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El Departamento del Tesoro de Estados Unidos celebró hoy la publicación de la Declaración Informativa GloBE (GIR) revisada , un paso importante para implementar la agenda fiscal internacional del presidente Trump y lograr una victoria histórica en una Orden Ejecutiva del primer día para abordar el acuerdo fiscal global propuesto por la Administración Biden para las empresas estadounidenses en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

«El presidente Trump dejó claro en su primer día en el cargo que el acuerdo fiscal global de la OCDE de la administración Biden no tendría vigencia ni efecto en Estados Unidos», declaró el secretario del Tesoro, Scott Bessent . «La Declaración Informativa GloBE revisada cumple con un elemento clave de la agenda fiscal internacional del presidente Trump al poner en marcha el marco de aplicación paralela. Garantiza que las empresas con sede en Estados Unidos sigan sujetas a los impuestos mínimos globales estadounidenses, sin superponerse con regímenes extranjeros, al tiempo que reduce significativamente las cargas innecesarias de presentación de informes y cumplimiento. Al respetar la soberanía fiscal estadounidense y reducir los costos de cumplimiento para las empresas estadounidenses, estas nuevas normas representan otro paso importante hacia el restablecimiento de la certeza y la estabilidad en el sistema fiscal internacional».

El acuerdo tenía como objetivo evitar la superposición de regímenes impositivos mínimos globales, reducir las obligaciones de información asociadas para las empresas con sede en EE. UU. y proteger el valor de incentivos fiscales fundamentales como el crédito fiscal por investigación y desarrollo (I+D).

FONDO

La Declaración Informativa GloBE (GIR) de la era Biden, publicada en enero de 2025, partía de la base de que las empresas con sede en EE. UU. estarían sujetas a las normas del Pilar Dos del impuesto mínimo global de la OCDE y, por lo tanto, habría requerido que las empresas estadounidenses proporcionaran información financiera exhaustiva sobre sus operaciones en cada país en el que operan para calcular las posibles obligaciones tributarias del Pilar Dos.

En enero de 2026, el Departamento del Tesoro logró un acuerdo con los más de 145 países del Marco Inclusivo de la OCDE/G20 para que las empresas con sede en EE. UU. sigan sujetas únicamente a los impuestos mínimos globales de EE. UU., al tiempo que quedan exentas de los impuestos transfronterizos del Pilar Dos, incluido el régimen de protección fiscal para empresas con sede en EE. UU. En virtud de este régimen, las empresas con sede en EE. UU. están exentas de los impuestos transfronterizos del Pilar Dos, concretamente de la Regla de Inclusión de Ingresos (IIR) y la Regla de Beneficios Subtributados (UTPR).

Este acuerdo garantizó que las empresas con sede en EE. UU. no estuvieran sujetas a dos impuestos mínimos globales superpuestos, ni a la carga fiscal ni a la duplicación de informes que esto habría supuesto. La revisión del GIR proporciona el mecanismo para que las empresas con sede en EE. UU. opten por la vía de la doble imposición y refleja un aspecto fundamental de la implementación de dicho marco. Asimismo, establece un marco de presentación de informes estandarizado para los impuestos mínimos locales, basado en las normas del Pilar Dos, al tiempo que limita la divulgación de la información presentada para estos fines a la jurisdicción correspondiente.

DECLARACIÓN DE INFORMACIÓN DEL GLOBO REVISADA

El marco de aplicación conjunta se diseñó para aliviar a las empresas con sede en EE. UU. de la carga fiscal derivada de la superposición de regímenes de impuestos mínimos globales y de la carga de cumplimiento asociada a la presentación de informes duplicados. La revisión del GIR pone en práctica una parte fundamental de dicho marco al simplificar las obligaciones de presentación de informes para las empresas con sede en EE. UU., preservando al mismo tiempo la soberanía fiscal de Estados Unidos. Las revisiones proporcionan el mecanismo para que las empresas con sede en EE. UU. opten por la vía segura del marco de aplicación conjunta y eliminen la posibilidad de duplicación de las obligaciones de cumplimiento.

Además de permitir la elección de puerto seguro en paralelo, la declaración GIR revisada servirá como mecanismo estandarizado de presentación de informes para los impuestos mínimos locales, basado en el marco del Pilar Dos. La declaración revisada incluye reglas de difusión que garantizan que la información proporcionada para los fines del impuesto mínimo local de un país se comparta únicamente con esa jurisdicción y no con ningún otro país. La presentación de informes estandarizada ayudará a las empresas a evitar la multiplicidad de requisitos de presentación de informes locales, al tiempo que simplifica el cumplimiento de los impuestos mínimos locales.

Las disposiciones clave de la versión revisada del GIR incluyen:

  • Agregar un campo para que las empresas con sede en EE. UU. puedan optar por aplicar el puerto seguro paralelo, eximiéndolas así del IIR y el UTPR del Pilar Dos.
  • Establecer exenciones específicas de la obligación de informar para las empresas que opten por la exención de responsabilidad aplicable en paralelo.
  • Permitir a los contribuyentes aplicar las nuevas normas que protegen los incentivos fiscales basados ​​en la sustancia, que también formaban parte del paquete paralelo, incluido, en el caso de las empresas con sede en el extranjero que operan en Estados Unidos, el crédito fiscal estadounidense por I+D, procedente de los impuestos complementarios del Pilar Dos.

Los países siguen legislando e incorporando la cláusula de salvaguardia para operaciones paralelas a su legislación nacional mediante sus procesos legislativos habituales. El Departamento del Tesoro continuará colaborando estrechamente con sus socios internacionales a medida que avance la implementación.

Reglas del Modelo Global contra la Erosión de Bases (Pilar Dos) | OCDE